Triste jornada para la infancia. Una de las leyes que busca proteger el vínculo sano de un niño con ambos progenitores tras una separación, sufre un nuevo ataque para derogarla, sin fundamentos de peso.

Si bien es cierto que la ley 24.270 no suele tener condenas (unas 30 desde su sanción en el año 1993, ninguna con prisión efectiva) suele ser una herramienta más de protección a la infancia contra la obstrucción de vínculos, cuando los juzgados civiles tienen dormidas las causas o cuando no hacen cumplir las resoluciones que han tomado contra el obstructor.

Es llamativo el argumento del grupo de diputadas que intentan robarle derechos a la infancia maltratada por obstrucción injustificada de vínculos. Claman que: “Es una herramienta para perseguir mujeres” por medio de denuncias falsas. Las mismas denuncias falsas que afirman que no existen cuando se trata de violencia en contexto de separaciones conflictivas. Deberían ponerse de acuerdo ¿Existen o no? 

La realidad es que en ambos casos existen personas malvadas que buscan utilizar las denuncias y los juzgados para fines perversos. No es desconocido para la sociedad general el penoso papel que ejercen los juzgados a la hora de determinar y sancionar todo tipo de maltratos a la infancia. ¿No sería mejor pensar con perspectiva de infancia y juntarnos todos los que queremos protegerla para exigir mejores juzgados? Más expeditivos, con jueces mejor formados, con equipos técnicos, psicólogos idóneos, peritos y personal capacitado para distinguir una denuncia falsa de una verdadera, para cualquier delito?

Muchas veces hemos criticado a la ley 24270 como una ley “decorativa” por la baja cantidad de condenas y la poca seriedad con la que se la toman los fiscales y jueces penales.  

El espíritu de esta ley es garantizar el vínculo cuando no hay motivos valederos para impedirlo u obstruirlo. Por eso 10 días le marcan al juez para tomar audiencia, evaluar y si corresponde garantizar el vínculo. Intimar al juez civil a establecer régimen comunicacional. La condena es anecdótica y no es lo que se busca en la práctica. 

Como agrupación aspiramos a que un progenitor que impida injustificadamente el vínculo de su hijo con el otro, comprenda el daño de su accionar: primero a su hijito, luego al resto de la familia  obstruida, para que cambie su comportamiento. Para esto falta tiempo y herramientas. También falta voluntad política, que busque verdaderamente proteger a los niños de sus agresores, sin importar el género, el tipo de violencia, el parentesco o su relación con él. Lo seguiremos repitiendo: FALTA PERSPECTIVA DE INFANCIA. Dicha perspectiva DEBE estar por encima de cualquier ideología o comportamiento de la sociedad.

Podemos coincidir con las diputadas que el punitivismo no es el camino. Ocultar los problemas bajo la alfombra tampoco. Si bien la familia y sus conflictos no deberían ser criminalizados, la obstrucción injustificada de vínculos reviste tal gravedad y es tan común en nuestra sociedad que pretender derogar esta ley para dejarlo solamente en la (gran mayoría de las veces) inútil jurisdicción del derecho de familia (que no logra, ni siquiera esta cerca de, frenar esta pandemia de violación de los derechos del niño) resulta de un desconocimiento casi total de la problemática de las familias y la infancia judicializada argentina. Una mirada parcial, recortada, sesgada que persigue finalidades adultocentricas.

Esperamos poder conversar con la diputadas firmantes, para poder ampliar su visión sobre la problemática y quizás encontrar las acciones que mejoren los juzgados y los proyectos de concientización necesarios para que la ley 24270 no tenga más razón de ser. Para ello vamos a intentar tomar contacto, esperamos ser recibidas y escuchados. Comunicaremos a la sociedad civil el resultado de estos intentos.

Si queres repudiar la derogacion de la ley, la agrupación AAFANI lanzó una campaña de firmas a la que podes acceder y compartir desde esta pagina

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