NUESTRO NOMBRE

Es sabido que los tiempos de la justicia no son los tiempos de los niños. Es usual encontrarse con casos de niños con 4 a 7 años de judicialización y obstrucción injusta de sus afectos, tiempo que implica un enorme porcentaje de su vida y se pierde su derecho a compartir su infancia con seres queridos. Creemos que los cuidados personales y responsabilidades afectivas deben ser compartidas luego de una separación de sus progenitores, tal como proclama la convención internacional de los derechos del niño. Los niños tienen el derecho a un sano vínculo con ambos y con la familia extendida siempre y cuando no represente un riesgo o daño a su integridad.

Teniendo en cuenta que los afectos perdemos su infancia buscando en los juzgados los tan ansiados cuidados compartidos, surgió INFANCIA COMPARTIDA.