En los últimos años, la creciente valorización de los testimonios de las víctimas tensiona la acción de la Justicia, que no sólo debe castigar al culpable sino también reparar el sufrimiento padecido. Así, con las víctimas como fiscales, el equilibrio del proceso penal tambalea.

Durante largo tiempo, la justicia, que tenía como objetivo prioritario sancionar a los criminales y proteger a la sociedad, ignoró a las víctimas y su sufrimiento. Con el paso de los años, les fueron reconocidos derechos y un estatus, lo que posibilitó una reparación más justa del perjuicio sufrido. En este sentido, cabe destacar la contribución de los movimientos feministas y las asociaciones humanitarias durante las últimas dos décadas. Sus esfuerzos permitieron que el Consejo de Europa adoptara varios informes acerca de la ayuda e indemnización que las víctimas pueden recibir. En Francia, se reglamentó mediante la ley del 15 de junio de 2000. Por su parte, desde 2015, Canadá dispone de una carta de derechos de las víctimas, que les garantiza un lugar en la administración de la justicia. Estas deben ser oídas más allá de su contribución a la manifestación de la verdad.

Ahora bien, la víctima se convirtió progresivamente en el elemento central del proceso que, no obstante, tiene como función primaria juzgar al acusado. Fue desempeñando, entonces, un papel cada vez más cercano al de un fiscal, si bien no está en un lugar que le permita apreciar los hechos con serenidad. Así, se corre el riesgo de que los testimonios, sobre todo cuando son impresionantes, perturben la reflexión de los jurados y alteren su juicio sobre una persona cuyo futuro está en juego. En el año 2013, en un discurso por la apertura del año judicial, el ex presidente del Tribunal de Apelaciones de París Jacques Degrandi advertía: “Es legítimo que se le dé a la víctima el lugar que le corresponde en el proceso, pero no hay que ceder a la tentación de transformarla, en términos del decano Jean Carbonnier, ‘de sujeto pasivo del delito en agente marcial de la represión’. ¡Cuidado! La víctima se está convirtiendo en el espíritu del proceso penal y de sus consecuencias […]. Llevar demasiado lejos una lógica que le otorga la conducción del proceso, aunque sea de manera indirecta, tarde o temprano va a volverse en su contra”.

La Corte Penal Internacional (CPI), creada en 1998 mediante el Estatuto de Roma, es un claro ejemplo de esto. El procedimiento prevé que la víctima participe de manera activa en la administración de la prueba. La abogada Francesca Maria Benvenuto explica que la contribución de la víctima ya no se limita a las fronteras probatorias del desarrollo, sino que puede presentar elementos de prueba ante la CPI con el objetivo de explicar y justificar el perjuicio experimentado, pero también para establecer la culpabilidad del acusado (1). Este se enfrenta entonces a dos acusadores: ya no hay un equilibrio.

La fuerza del testimonio

Si bien la justicia nunca fue del todo impermeable a los movimientos de la opinión pública, que baila al ritmo de los medios, seducidos por las noticias policiales, esta tendencia se está generalizando. “Cuando veo lo que sucede en Estados Unidos y Canadá, me sorprende la evolución que aceleró el endurecimiento de las condiciones penales y penitenciarias. La víctima, presente en las comisiones, tiene el derecho a ser escuchada en el debate sobre la atenuación de una pena. También puede filmar un video y dar cualquier información, con la legitimidad siguiente, que merece reflexión: ‘La sentencia es demasiado corta teniendo en cuenta la gravedad del crimen que sufrí’” (2), explica el magistrado francés Denis Salas. El tribunal se transformó en un espacio de reconocimiento del sufrimiento, incluso cuando expresarlo no contribuye de ninguna manera a que avance la búsqueda de la exactitud de los hechos o a determinar la responsabilidad del acusado.

El proceso dejó de ser simplemente el espacio donde la sociedad decide la suerte de un individuo sobre el que recaen las sospechas; ya no es el principal medio por el que la sociedad aprecia el peligro potencial que un individuo puede hacer pesar sobre la sociedad. El tribunal se ha convertido en un espacio de expresión, de gestión y, sobre todo, de reparación del sufrimiento de las víctimas. Ahora bien, nada es más peligroso para el equilibrio de los debates que adoptar el dolor como criterio de evaluación de la culpabilidad. Para una anciana sola, el asesinato de su gato, único ser vivo que la acompañaba, puede resultar un duro golpe. Ni siquiera una pena severa estaría a la altura de su dolor. Éric Dupond-Moretti señala: “El proceso penal no es el anexo de un consultorio psicológico ni una oficina del Talión. El Tribunal Penal se reúne para juzgar a un individuo a quien la sociedad pide cuentas por el crimen del que lo acusa. Ese es el desafío: el juicio de un hombre por la comunidad de los hombres. Por imperfecto que sea, el sistema se diseñó de este modo para reemplazar la práctica de la venganza individual” (3). Ahora bien, la centralidad de la víctima y la intensidad del ruido mediático que se propaga a su alrededor pueden perturbar la serenidad de la justicia. “En promedio, cada reportaje sobre un crimen que se difunde en los noticieros del horario central aumenta veinticuatro días la duración de las penas que dicta el Tribunal Penal al día siguiente”, estima el Instituto de Políticas Públicas de París (4). La víctima, real o presunta, desvía el fallo judicial. Las circunstancias atenuantes y el principio de individualización de la pena se desdibujan y dejan paso a sanciones duras, casi automáticas.

El error judicial del que fue víctima Loïc Sécher se originó en la emoción que suscitó el testimonio de su presunta víctima. Tras años en prisión, este obrero agrícola, acusado de violación por una adolescente, fue declarado inocente en base al nuevo testimonio de la joven que, ya mayor de edad, reconoció haber inventado todo. Al igual que en el caso Outreau, en el que varias personas fueron erróneamente condenadas por pedofilia, la justicia tuvo muchas dificultades para dar marcha atrás con una decisión equivocada, influenciada por relatos tan imaginarios como espectaculares y con la preocupación, muy legítima, de proteger a los menores (5). De más está decir que la simplificación mediática, el culto del “tiempo real” y las redes sociales no favorecen la serenidad en estos casos delicados.

En nombre del sufrimiento, auténtico, de las víctimas, se olvida el principio de individualización de la pena, una conquista de las sociedades democráticas, gracias a la cual no sólo se juzgan actos, sino también personas con sus historias y características. Sin embargo, a modo de refutación, suele argumentarse que, así como el criminal se abstrae de la sociedad, la sociedad también puede abstraerse de él. La diferencia es que “no alcanza con pegarle al autor de los crímenes para calmar el dolor de las víctimas. El duelo no se hace en la corte sino en el cementerio” (6), responde Dupond-Moretti.

En base a sus observaciones del desarrollo de los procesos en la CPI, Francesca Maria Benvenuto llegó a la conclusión de que el proceso penal internacional se asemeja cada vez más a un recorrido terapéutico. En efecto, para algunos juristas, la justicia constituiría una “etapa en la necesaria reconstrucción de la víctima” (7), y el nuevo lugar que se le asigna en el proceso, una “primera respuesta pertinente a sus múltiples traumas” (8).

En busca del culpable

Los posibles desvíos en los procedimientos penales resultan ser tanto más factibles cuanto que el crimen es grave o el perjuicio sufrido (por ejemplo, en un accidente de transporte con decenas de víctimas) es considerable. La idea no sólo de que el castigo tiene que estar a la altura del daño, sino de que hay que encontrar un culpable, incluso cuando no lo hay, se instala con facilidad. Las catástrofes naturales no siempre tienen responsables directos al alcance de la justicia, ya que quienes causan el calentamiento global pocas veces viven en los lugares donde sus consecuencias se sienten con más fuerza.

Sin embargo, las víctimas reclaman “justicia”. Tras las inundaciones fatales causadas por la tormenta Xynthia en la costa oeste de Francia, en 2010, el tribunal, bajo la presión de los denunciantes y los medios, dio muestras de extrema severidad para con los acusados. Se culpó de todos los males, incluso de los que los excedían, como las consecuencias de la ira de la naturaleza, a los representantes locales que habían emitido los permisos para construir y a quienes se reprochaba, a veces legítimamente, no haber tomado las medidas de protección necesarias. Sin tomar demasiado en consideración las cadenas causales, los magistrados insistieron en el perjuicio que habían sufrido las víctimas y describieron una imagen extremadamente negativa de los acusados. El veredicto, acompañado de consideraciones morales, fue severo; en particular para el ex intendente de La Faute-sur-Mer, condenado a cuatro años de prisión efectiva, una pena de una dureza inédita para un delito no intencional, ya que la sanción más severa hasta ese momento había sido de diez meses de prisión en suspenso. En última instancia, el Tribunal de Apelaciones bajó la pena a dos años de prisión en suspenso por “homicidios involuntarios”.

La presión penal que la palabra de las víctimas ejerce sobre los políticos también puede percibirse como una compensación por su creciente irresponsabilidad política: en las democracias representativas en crisis, la justicia se ha vuelto un medio para llegar a los dirigentes, a quienes las instituciones ponen fuera del alcance. La Constitución de la V República, por ejemplo, otorga importantes poderes al Presidente y su mayoría parlamentaria, incluso si fueron elegidos en condiciones calamitosas, como sucedió en 2017, cuando Emmanuel Macron apenas obtuvo el voto de un 43,61% de los inscriptos como electores en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, mientras que la abstención en las legislativas alcanzó un 57,36% de los inscriptos. Las leyes adoptadas en estas circunstancias se aplican en todos los ámbitos (fiscal, social, securitario, etc.), por lo que la responsabilidad de los políticos electos se traslada del terreno electoral al penal. Así, el escritor Édouard Louis les reprochó personalmente al presidente Jacques Chirac, al primer ministro Alain Juppé y al ministro Xavier Bertrand, las normas que, en su opinión, contribuyeron a la discapacidad permanente de su padre, víctima de un accidente de trabajo.

Cuando el sufrimiento surge de un orden social o de las lógicas de un sistema que priva a una persona de sus derechos fundamentales, se impone la acción y no la compasión. La transferencia del favor popular del héroe a la víctima dice mucho sobre el dolor social y el sentimiento de impotencia que lo acompaña. Los ciudadanos creen estar tan desposeídos de los medios para actuar sobre su vida cotidiana y su destino que se sienten más cercanos a una persona que sufre una desgracia que a la que lucha por superarla.

  1. Francesca Maria Benvenuto, “La justicia internacional, del sueño a la realidad”, Le Monde diplomatique, edición Cono Sur, noviembre de 2013.
  2. Denis Salas, “Le couple victimisation-pénalisation”, Nouvelle revue de psychosociologie, Vol. 2, N°2, París, 2006.
  3. Éric Dupond-Moretti (con Stéphane Durand-Souffland), Directs du droit, Michel Lafon, París, 2018.
  4. Aurélie Ouss y Arnaud Philippe, “L’impact des médias sur les décisions de justice”, Instituto de Políticas Públicas, nota IPP N°22, enero de 2016, www.ipp.eu
  5. Véase Gilles Balbastre, “Les faits divers, ou le tribunal implacable des médias”, Le Monde diplomatique, París, diciembre de 2004.
  6. Philosophie Magazine, N°116, París, febrero de 2018.
  1. “Nicole Guedj: ‘Non, je ne suis pas inutile’”, Le Monde, 30 de septiembre de 2004.
  1. Julian Fernandez, “Variations sur la victime et la justice pénale internationale”, Amnis, Aix-en- Provence, junio de 2006, https://journals.openedition.org/amnis/.

* De la redacción de Le Monde diplomatique, París. Autora de África en auxilio de Occidente, Icaria, Barcelona, 2007.

Traducción: Georgina Fraser

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